Poderes y actos notariales
- El Poderdante debe ser mayor de edad. El trámite es personal.
- Usted recibirá un Testimonio del Poder el mismo día de turno o hasta dos días después.
- Una vez que se le entregue el Testimonio, usted deberá enviar el documento a Argentina para certificar la firma del Cónsul en Cancillería o en algún Colegio Notarial habilitado para tal fin.
También se pueden emitir Poderes ante un notario público británico/local, debiendo legalizar el documento con la Apostilla emitida por el British Foreign and Commonwealth Office a fin de considerarse válido en Argentina, y solicitar una traducción pública en Argentina según se lo exijan o no para su trámite.
Requisitos
Para solicitar un turno, por favor enviar los siguientes documentos a notarialesclond@mrecic.gov.ar.
1. Copia escaneada o fotografía del DNI (únicamente formato tarjeta) del Poderdante en caso de ser argentino o pasaporte en caso de ser extranjero.
De no poseer el DNI indicado, deberá ser actualizado solicitando un turno a pasaportesclond@mrecic.gov.ar ANTES de comenzar el trámite.
El día del turno deberá presentarse el documento original.
2. Una (1) prueba de domicilio en Reino Unido.
3. Minuta de la escritura/poder redactada por un escribano en Argentina (texto borrador) en formato WORD, siguiendo el formato correspondiente a una actuación notarial.
Una vez recibida la documentación solicitada, se le enviará una planilla de datos y seguido su remisión, se le ofrecerá un turno por mail. Debido a la gran demanda se ruega aguardar ser contactados por el Consulado.
Para cualquier consulta relacionada con emisión de poderes y escrituras podrán escribir un email al área de Notariales del Consulado: notarialesclond@mrecic.gov.ar.