OPCIÓN DE NACIONALIDAD ARGENTINA
¿Quiénes tienen derecho a la nacionalidad argentina “por opción”?
Solo tienen derecho a optar por la nacionalidad argentina los hijos de un argentino/a (ya sea nativo/a o por opción) que hubiesen nacido en el exterior, cualquiera fuera su edad, aun cuando el progenitor argentino hubiese fallecido.
Opción de nacionalidad a hijos de argentinos por opción
Este trámite sigue un procedimiento diferente al de opción de nacionalidad para hijos de argentinos nativos. De ser su caso, por favor contactar a la sección de Notariales: notarialesclond@mrecic.gov.ar
Doble o múltiple nacionalidad
La opción por la nacionalidad argentina no requiere la renuncia a la nacionalidad de otro país por parte de quien ejerce la Opción. La pérdida o cancelación de una nacionalidad extranjera como consecuencia de la adquisición de la nacionalidad argentina depende del derecho del país en cuestión y sugerimos consultar a las autoridades correspondientes.
¿Dónde se puede tramitar la opción de nacionalidad?
El trámite puede realizarse ante el Consulado argentino de la circunscripción correspondiente al lugar de su residencia o en Argentina.
Para casos de nacidos en el exterior pero NO en el Reino Unido, por favor contactar a la sección de Notariales: notarialesclond@mrecic.gov.ar
Requisitos:
Para solicitar un turno, debe escribir a notarialesclond@mrecic.gov.ar y enviar un link donde haya cargado copias escaneadas (no fotografías) a color, en archivos PDF, 1 (un) documento por archivo (en total se debe enviar 5 o 6 archivos PDF según si el optante tiene o no documento). En caso de que el documento tenga frente y reverso, o cuente con más de una hoja, todo debe figurar en el mismo archivo, con tantas hojas como sea necesario. Por favor, NO adjunte los documentos al mail.
1. Partida de nacimiento original del padre o madre argentino/a que transfiere la nacionalidad a su hijo/a
De no tener una, puede solicitarla online ingresando a https://clond.cancilleria.gob.ar/es/content/tramitaci%C3%B3n-de-partidas...
2. Partida de nacimiento original del optante (persona que obtiene la nacionalidad) “long form” apostillada por el Foreign & Commonwealth Office. Puede solicitar la Apostilla en https://www.gov.uk/get-document-legalised.
La partida de nacimiento británica no será devuelta al interesado, ya que se archiva en el Libro de Registro Civil del Consulado.
Por favor, asegurarse que en la partida de nacimiento británica los nombres de los padres aparezcan de manera idéntica a como aparecen en sus propios DNI argentinos o pasaportes para el caso de los extranjeros. Caso contrario, deberán solicitar una enmienda.
3. Traducción de la partida británica (la traducción NO necesita Apostilla). Al final de la pàgina encontrará modelos de traducción (si la partida que tiene no coincide totalmente con el modelo por ser más antigua, puede solicitarnos otra versión).
4. DNI de ambos progenitores. Tenga en cuenta que solo se admitirá DNI tarjeta (físico) con domicilio en Reino Unido. Solo estarán exceptuados de presentar DNI con domicilio en Reino Unido los optantes mayores de edad cuyos padres no residan en Reino Unido.
Si bien solo un progenitor transfiere la nacionalidad, AMBOS deben cumplir el requisito de DNI (más allá de otras nacionalidades que pudiera tener). Si algún progenitor tuviera un DNI con domicilio fuera de Reino Unido, deberá indefectiblemente tramitar un nuevo DNI en el mismo turno de nacionalidad.
En caso de que un progenitor sea únicamente extranjero, este deberá presentar una cédula de identidad o pasaporte.
5. Documento del optante tal como un pasaporte o cédula de identidad, en caso de tener
¿Cómo solicito un turno?
La persona interesada deberá cargar en un link de su preferencia (que no necesite clave de acceso) los documentos mencionados siguiendo el formato indicado, y notificar por correo electrónico a notarialesclond@mrecic.gov.ar .
Luego de confirmar que la documentación es correcta, se le incluirà en una lista de espera y eventualmente se concertarán dos turnos.
¿Qué ocurre el día del turno?
Se coordinarán dos turnos (uno por la mañana y otro por la tarde) para el mismo día. El primer turno es para asistir al Consulado y firmar el acta de nacionalidad con todos los documentos ORIGINALES. Deben presentarse:
- Quienes ejercen la responsabilidad parental junto con el menor (en casos donde el optante es menor de 18 años)
- El optante únicamente (si es mayor de 18 años)
El trámite se realiza de manera personal en el Consulado.
El segundo turno es para solicitar el DNI del optante. Debe presentarse el menor con al menos uno de los padres, o únicamente el optante mayor de edad. Es un trámite personal ya que se toman datos biométricos.
En contextos normales, el DNI demorará 6-8 semanas en llegar al Consulado. Solo menores entre 0 y 13 años, inclusive, pueden tramitar pasaporte biométrico en el mismo turno. Optantes de 14 años o mayores deberán aguardar a recibir el DNI.
Tras el trámite se entregará un certificado de inscripción de nacimiento del interesado provisorio. La partida de nacimiento argentina definitiva llegará al Consulado una vez que el interesado esté inscrito en el Registro Civil Central de Buenos Aires, lo cual suele demorar.
Para cualquier consulta relacionada con Opción de Nacionalidad podrán escribir un email al área de Notariales del Consulado: notarialesclond@mrecic.gov.ar
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