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Certificados de Origen y Otros Documentos Comerciales

Fecha de actualización: 22/06/2016

Legalizaciones Comerciales

Certificados de Origen y otros documentos comerciales

Los Certificados de Origen deben ser intervenidos por las Representaciones Consulares con circunscripción en el país de origen de las mercaderías, cuando se trata de operaciones de exportación hacia la República Argentina.

En el  Certificado el consignador deberá ser una empresa en el Reino Unido; mientras que el consignatario deberá ser una empresa en la República. El mismo deberá incluir la leyenda "Factura Nº (el número correspondiente)". El país de origen de la mercadería deberá ser un país perteneciente a la Unión Europea.

Este certificado deberá estar legalizado previamente por la Cámara de Comercio Local correspondiente; y la firma del representante de dicha Cámara deberá constar en nuestros registros.

Si el Certificado de Origen es emitido en otro país relacionado con bienes reexportados hacia Argentina desde el Reino Unido, el mismo podrá ser legalizado en original o duplicado. El exportador hacia la Argentina deberá detallar en carácter de declaración jurada en el reverso los datos de contacto del importador en Argentina, fecha y número de la factura por la cual el exportador hacia Argentina compró la mercadería en el país de origen, y cantidad de mercadería citada en el Certificado que es reexportada hacia la Argentina.

Las facturas comerciales únicamente pueden ser intervenidas con un Visto y registrado.

Hay dos maneras de realizar el trámite:

Presencial:

El gestor se debe presentar en el Consulado de lunes a viernes de 9.30 a 13 hs, con su documento y los documentos a legalizar originales.  El trámite debe ser abonado con  tarjeta de débito y tiene una demora de 5 días hábiles.

Por correo:

El pago del arancel consular deberá realizase a través  de una transferencia bancaria detallando como referencia el nombre de la empresa. Para consultar los detalles de cuenta y precios, por favor envíe un email a clond@mrecic.gov.ar

Se debe enviar por correo al Consulado los documentos originales a legalizar, el comprobante de la transferencia realizada a la cuenta bancaria, una fotocopia de un documento que identifique al consignador (ej. pasaporte, DNI, licencia de conducir, etc., esto es sólo por cuestiones administrativas internas y no aparecerá en el documento), un sobre con domicilio y estampillado (1st class, Special Delivery, a elección de la empresa), y una breve carta explicando los servicios requeridos.

El trámite se realiza una vez que el monto correspondiente esté acreditado en nuestra cuenta bancaria y luego de verificarse que se haya cumplido con todos los requisitos. El mismo tiene una demora de 5 días hábiles.

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